14 Agosto 2026
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Es definitivo: el Gobierno autoriza la continuidad de la Central Nuclear de Almaraz

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14 de Agosto de 2026

Es definitivo: el Gobierno autoriza la continuidad de la Central Nuclear de Almaraz

 

El Gobierno ha concedido la renovación de la autorización de explotación de la Central Nuclear de Almaraz, en sus Unidades I y II, hasta el 8 de junio de 2030, según recoge la Orden TED/864/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La autorización afecta a la entidad Centrales Nucleares Almaraz-Trillo, AIE (CNAT).

 

La decisión llega después de que CNAT solicitara en octubre de 2025 ampliar la vigencia de ambas unidades hasta junio de 2030. Hasta ahora, la autorización vigente establecía el 1 de noviembre de 2027 para la Unidad I y el 31 de octubre de 2028 para la Unidad II.

 

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) emitió el pasado 16 de julio un informe favorable a la renovación durante el periodo solicitado, siempre que la central opere bajo los límites y condiciones establecidos en el correspondiente anexo de la autorización. El organismo ha señalado además que ha mantenido un seguimiento y supervisión continuos de la explotación de Almaraz y del cumplimiento de las condiciones de seguridad nuclear y protección radiológica.

 

El Ejecutivo considera que la extensión supone un periodo limitado, de alrededor de 31 meses para la Unidad I y 19 meses para la Unidad II, y sostiene que no altera el calendario de cierre del parque nuclear español, fijado en 2035. Según los análisis incluidos en la orden, el impacto sobre los objetivos de política energética sería limitado.

 

La orden también recoge el contexto de incertidumbre y volatilidad de los mercados energéticos, especialmente por la evolución de los precios del gas natural. En este escenario, el Gobierno considera que mantener Almaraz durante este periodo contribuirá de forma coyuntural a reducir la exposición del sistema eléctrico y de los consumidores a posibles picos de precios de los combustibles fósiles.


El análisis del Ejecutivo estima que la extensión tendría un efecto reducido sobre el despliegue renovable. En concreto, calcula para 2030 una reducción del 1,4 % de la generación renovable respecto al escenario previsto en el PNIEC, mientras que la generación procedente de ciclos combinados de gas se reduciría un 7 %.

 

La autorización queda sometida a numerosas condiciones de seguridad nuclear y protección radiológica, además de a las instrucciones técnicas que pueda establecer el CSN. Entre otras obligaciones, CNAT deberá mantener los programas de mejora de la seguridad, realizar las inspecciones previstas para la operación a largo plazo y garantizar las dotaciones de personal necesarias entre 2028 y 2030.

 

La Orden TED/864/2026 establece que la autorización tendrá vigencia para ambas unidades hasta el 8 de junio de 2030, aunque podrá quedar sin efecto si se incumplen sus condiciones, aparecen inexactitudes relevantes en la documentación aportada o se detectan factores desfavorables relacionados con la seguridad nuclear o la protección radiológica.

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